ACUERDO COMERCIAL DE VENTA DIRECTA
Entre A.J. BOSTON S.A representante de la marca “OBOTICARIO” en Paraguay, con RUC Nº 80014363-9 con domicilio en Vía Férrea 2440 c/Artigas, en adelante “OBOTICARIO”, y la persona natural que acepte el presente documento al inscribirse como emprendedor a través de la página web de OBOTICARIO que en adelante se denominará como la “EMPRENDEDORA”, identificada en el Formulario de Vinculación, se ha decidido celebrar el presente Acuerdo Comercial de Venta Directa (el “Acuerdo”) sujeto a las siguientes clausulas:
PRIMERA. - OBJETO: El presente acuerdo comercial tiene por objeto, determinar las condiciones, responsabilidades y obligaciones de las partes, emergentes de la provisión no exclusiva por parte de la EMPRESA de sus productos de perfumería y cosmética, de la marca “O BOTICARIO”, en adelante LAS MERCADERIAS, al EMPRENDEDOR/A para su posterior venta por su cuenta y riesgo.
SEGUNDA. CONDICIONES PARA ACCEDER A LOS BENEFICIOS OTORGADOS POR LA EMPRESA. -
En su primera compra el EMPRENDEDOR/A deberá adquirir de LA EMPRESA el KIT INICIAL de productos de la marca O BOTICARIO, compuesto por un lote variado de productos, con la composición y el precio definidos por LA EMPRESA.
A partir de la segunda compra el EMPRENDEDOR/A puede seleccionar LAS MERCADERIAS que desee, debiendo mantener el EMPRENDEDOR/A el monto mínimo de compra mensual establecido por la EMPRESA para poder acceder a los descuentos.
Si en 4 (cuatro) ciclos no realiza ninguna compra o no cumple con las condiciones establecidas en el presente acuerdo, pierde los beneficios mencionados en la presente clausula y se da por terminado el presente acuerdo.
TERCERA: ENTREGA y RECEPCION DE LAS MERCADERIAS:
LAS MERCADERIAS adquiridas por el EMPRENDEDOR/A, serán entregadas en la dirección convenida entre ambas partes al momento de realizar el pedido de las mismas.
EL EMPRENDEDOR/A deberá una vez recibida LA MERCADERIA, verificar inmediatamente su pedido de tal forma que la misma cumpla con las condiciones requeridas. En los casos en que el EMPRENDEDOR/A observe que alguno de los pedidos no cumple con las condiciones requeridas, deberá informar inmediatamente a LA EMPRESA su disconformidad, a más tardar dentro de los 2 (dos) hábiles días siguientes, bajo pena de que se entienda aceptado el pedido en las condiciones recibidas. Cualquier disconformidad que el EMPRENDEDOR/A presente fuera del citado término no será aceptada.
CUARTA: OBLIGACIONES DEL EMPRENDEDOR/A
En todo momento el EMPRENDEDOR/A deberá respetar las marcas de LA EMPRESA y comportarse como un buen hombre de negocios frente a los demás revendedores, frente a LA EMPRESA y frente a terceros, y cualquier incumplimiento de lo anterior dará lugar a la finalización del presente Acuerdo de manera inmediata sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna.
QUINTA. - PRECIO Y FORMA DE PAGO: El precio unitario de LAS MERCADERIAS será informado por LA EMPRESA al EMPRENDEDOR/A según cada campaña o cada vez que los precios sean modificados.
El pago de LAS MERCADERIAS a ser adquiridas por el EMPRENDEDOR/A deberá ser siempre al contado. En caso de que la EMPRESA decida otorgar al REVENDEDOR las mercaderías a CREDITO las partes firmaran un ACUERDO con las condiciones y obligaciones que deberá cumplir el EMPRENDEDOR/A que integrara el presente contrato como ANEXO. -
SEPTIMA: BENEFICIOS ADICIONALES: Cada cierto tiempo LA EMPRESA establecerá los beneficios adicionales a los que el EMPRENDEDOR/A tendrá derecho por su vinculación mediante el presente Acuerdo, tales como descuentos, premios, bonificaciones e incentivos. LA EMPRESA publicará este documento para los revendedores(as) en general, por el medio que considere apropiado, así como las diferentes campañas o ciclos de los que los revendedores(as) podrán beneficiarse. En cualquier caso, LA EMPRESA no estará obligada a ofrecer beneficios.
TERCERA. INDEPENDENCIA Y AUTONOMÍA DE LA RELACIÓN: el EMPRENDEDOR/A es independiente y autónomo en el desarrollo de su negocio de reventa de los productos de LA EMPRESA. Las Partes han acordado ejecutar el presente Acuerdo en igualdad de condiciones y nada de lo aquí estipulado creará entre ellas una sociedad de hecho o derecho, asociación o relación de subordinación, ni podrá el EMPRENDEDOR/A considerarse agente o empleado de LA EMPRESA. Las operaciones, contratos o relaciones comerciales que realice el EMPRENDEDOR/A con otras personas respecto a los productos adquiridos a LA EMPRESA serán a su propio nombre, cuenta y riesgo, sin que el EMPRENDEDOR/A se considere agente comercial, representante o apoderado de LA EMPRESA, por lo que los beneficios o pérdidas que le generen tales relaciones serán exclusivamente del EMPRENDEDOR/A, a quien le está prohibido actuar o comprometerse en nombre de LA EMPRESA. Bajo ninguna circunstancia el EMPRENDEDOR/A tendrá derecho a remuneraciones o compensaciones por la ejecución o terminación de este Acuerdo.
CUARTA. NO EXCLUSIVIDAD: La relación comercial entre LA EMPRESA y el EMPRENDEDOR/A no será de carácter exclusivo, por lo que el EMPRENDEDOR/A podrá vender productos de otras marcas. Igualmente, LA EMPRESA podrá vender sus productos a cualquier tercero que lo solicite. El EMPRENDEDOR/A no está obligada a revender los productos adquiridos a LA EMPRESA a los precios sugeridos por éste en sus catálogos y revistas publicitarias, siendo responsable de manera independiente por los precios a los que revenda los productos o por cualquier descuento o beneficio que ofrezca a sus clientes, no siendo los mismos trasladables a LA EMPRESA.
QUINTA. - PROPIEDAD INTELECTUAL: El EMPRENDEDOR/A no es representante, agente o dependiente de la EMPRESA, se obliga a no usar los nombres, marcas, o cualquier otro protegido por derechos de autor, expresiones de propaganda y demás derechos de propiedad intelectual de la EMPRESA, ni cualquier activo que pertenezca o haya sido licenciado a LA EMPRESA. El EMPRENDEDOR/A se obliga a no realizar actos que puedan afectar o vulnerar los derechos de propiedad intelectual de la EMPRESA, ni afectar de cualquier modo el nombre, reputación, activos, derechos y marcas de la EMPRESA y no promover, vender, usar o asociar de manera incorrecta productos y/o servicios de terceros con el nombre o las marcas de la EMPRESA. Bajo ninguna circunstancia el EMPRENDEDOR/A podrá copiar, duplicar, alterar, reproducir, crear, materiales con las marcas, nombres, o cualquier otro protegido por derechos de autor de la EMPRESA y en la reventa de los productos solamente podrá utilizar materiales impresos o electrónicos que sean puestos a su disposición por LA EMPRESA.
SEXTA. - OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL REVENDEDOR: Además de los derechos y obligaciones establecidos en la ley y a lo largo del presente documento, serán obligaciones y derechos específicos del el EMPRENDEDOR/A los siguientes:
- Formular preguntas, consultas o aclaraciones a LA EMPRESA respecto de los productos, este Acuerdo y demás aspectos relacionados con la ejecución del mismo.
- Deberá recibir los productos comprados a LA EMPRESA en forma oportuna y correcta en cuanto a su cantidad y calidad, no pudiéndose negar a recibirlos salvo que exista una razón justificada y probada para negarse.
- Podrá recibir información sobre las características de los productos O BOTICARIO, así como sobre las garantías de los mismos.
- El EMPRENDEDOR/A está obligado a actualizar sus datos de contacto e informarle a LA EMPRESA cualquier modificación de los mismos. En el caso en que el EMPRENDEDOR/A no actualice su información, LA EMPRESA no será responsable por cualquier incumplimiento que se pueda generar en la entrega de los pedidos;
- El EMPRENDEDOR/A está obligado a cumplir con los deberes y obligaciones derivados de la actividad comercial que desarrolle.
- El EMPRENDEDOR/A está obligado a no realizar actos que puedan dañar o poner en peligro la reputación de LA EMPRESA, o afectar de alguna manera su buen nombre comercial o cualquiera de sus marcas.
- El EMPRENDEDOR/A asumirá todos los gastos relacionados con la adquisición y reventa de los productos comprados.
- El EMPRENDEDOR/A está obligado a no realizar actividades que sean consideradas como contrarias a la moral, buenas costumbres o la legislación aplicable.
- El EMPRENDEDOR/A está obligada a presentar y revender los productos de OBOTICARIO en su forma y empaque original, explicar sus usos y prevenir sobre su uso inapropiado, de acuerdo con la información contenida en la etiqueta.
- El EMPRENDEDOR/A autoriza a LA EMPRESA el uso gratuito de su imagen, nombre, voz o cualquier contenido producido por el EMPRENDEDOR/A, durante la vigencia de la relación contractual, pudiendo ser utilizadas en todo el mundo, y en cualquier tipo de medios de comunicación ya sea verbal, escrito o electrónico, y a cualquier audiencia, sin que esto genere a favor del EMPRENDEDOR/A contraprestación alguna.
- El EMPRENDEDOR/A declara y se obliga a: (I) tener como premisa el respeto y profesionalismo en las relaciones con terceros; (II) actuar de manera íntegra en la reventa de los productos sin que esto genere situaciones sospechosas o que puedan dar lugar a una violación de las normas; (III) abstenerse de manifestar su opinión personal o juicio de valor en el contacto con terceros, sea en relación a LA EMPRESA, las actividades realizadas, o los productos de OBOTICARIO, ya que no es representante, o agente, tampoco procurador de la marca, pero sí revendedor autónomo; (IV) observar las directrices del Código de Conducta del Grupo Boticario, disponible en www.compliancegrupoboticario.com.br; (V) velar por la imagen de la marca, resguardándola de situaciones vejatorias o que puedan exponerla de forma negativa ante terceros.
- Cumplirá con todas las demás obligaciones que por naturaleza de este Acuerdo le sean exigibles.
SEPTIMA. - OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LA EMPRESA: Además de los derechos y obligaciones establecidos en la ley y en el presente Acuerdo, la EMPRESA:
- Tendrá derecho a recibir del EMPRENDEDOR/A el pago exclusivamente al contado por el precio de los productos.
- Tendrá derecho a modificar en cualquier momento las políticas y condiciones comerciales establecidas en el presente acuerdo, sin previo aviso al EMPRENDEDOR/A.
- Estará obligado a facilitar al EMPRENDEDOR/A la información necesaria para la ejecución de este Acuerdo.
- Entregará los pedidos al EMPRENDEDOR/A de acuerdo con los tiempos de entrega del operador logístico que esté a cargo de la operación. Bajo ninguna circunstancia LA EMPRESA estará obligada a realizar la entrega en un periodo de tiempo determinado ya que los tiempos no dependen exclusivamente de ella. En todo caso, LA EMPRESA podrá no realizar la entrega de LAS MERCADERIAS cuando se presenten circunstancias de caso fortuito, fuerza mayor, incumplimientos del el EMPRENDEDOR/A o cualquier otra circunstancia que haga imposible la entrega de las MERCADERIAS a tiempo. En cualquier caso, LA EMPRESA informará, en la medida de lo posible, al EMPRENDEDOR/A sobre cualquier cambio en la entrega.
OCTAVA. - DURACIÓN Y TERMINACIÓN DEL ACUERDO: El presente Acuerdo entrará en vigencia desde su firma y tendrá una duración indefinida. En cualquier caso, el Acuerdo podrá darse por terminado en los siguientes eventos:
- Cualquiera de las Partes podrá dar por terminado este Acuerdo de manera unilateral en cualquier momento y por cualquier causa, mediante aviso escrito a la otra Parte. La terminación en estos casos no dará lugar a indemnización alguna a favor de cualquiera de las Partes.
- La EMPRESA podrá dar por terminado este Acuerdo de manera automática y sin que medie aviso escrito en los siguientes casos: - Incumplimiento por parte del EMPRENDEDOR/A de cualquier cláusula de este Acuerdo; - Venta de los productos violando las directrices del Código de Conducta de Boticario; - Cuando se pueda evidenciar que la información suministrada por el EMPRENDEDOR/A, antes de la celebración de este Acuerdo o durante vigencia del mismo, no sea correcta o verídica; - Cuando el EMPRENDEDOR/A no realice las compras en el periodo de 4 (Cuatro) ciclos; - por orden expresa de autoridad competente; - por causales de caso fortuito o fuerza mayor que no sean superadas en un término de treinta (30) días calendario.
- Se entenderá por Ciclos o Campañas: Mecánicas promocionales basadas en fechas especiales, conmemorativas, lanzamiento de productos o estrategias de marketing, con fecha de inicio y fin predefinidos, con una duración media de treinta (30) días calendario.
No obstante, la terminación del Acuerdo por cualquier causa, las obligaciones pendientes permanecerán vigentes y deberán ser cumplidas por la parte que corresponda.
En el caso de suspensión del Acuerdo y una vez corregido el eventual incumplimiento contractual, el EMPRENDEDOR/A podrá tener su registro reactivado y descuentos restablecidos, debiendo para tal fin contactar a LA EMPRESA.
NOVENA.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES: Por la firma del presente Acuerdo, el EMPRENDEDOR/A; otorga su consentimiento previo, expreso e informado y autoriza, a OBOTICARIO como responsable del tratamiento de los datos, y a las demás sociedades del grupo y/o terceros vinculados o relacionados con ésta, ubicados dentro y fuera de territorio nacional, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nro. 1682/2001 y su modificatoria Ley Nro. 1962/02, (y las normas que los modifiquen, adicionen o complemente) para:
(i) Recolectar, almacenar, mantener, usar, archivar y transferir los datos personales que proporcione en la ejecución del Acuerdo así como aquellos incorporados en los formatos que diligencia el EMPRENDEDOR/A los cuales proporcionará en desarrollo de la relación comercial para el desarrollo de su actividad económica y comercial, con las finalidades establecidas en este documento y así como en la autorización de tratamiento de datos personales que ha aceptado al realizar la inscripción como el EMPRENDEDOR/A y que hace parte de este Acuerdo como Anexo III;
(ii) Verificar la veracidad de los datos suministrados por el EMPRENDEDOR/A;
(iii) Reportar, consultar y divulgar a cualquier operador y/o fuente de información legalmente establecido, toda la información referente al comportamiento comercial del EMPRENDEDOR/A que se relacione con el nacimiento, ejecución, modificación, liquidación y/o extinción de las obligaciones que se deriven del presente contrato, en cualquier tiempo;
(iv) Reportar a centrales de riesgo o a cualquier base de datos manejada por un operador datos, tratados o sin tratar, sobre el cumplimiento o incumplimiento de sus deberes legales de contenido patrimonial, sus datos de ubicación y contacto, así como otros atinentes a sus relaciones comerciales, financieras y en general socioeconómicas que haya entregado o que consten en registros públicos, bases de datos o documentos públicos. El reporte de la mencionada información tendrá como finalidad que los diferentes Usuarios realicen actividades relacionadas con la gestión del riesgo financiero y crediticio, esto es, la iniciación, mantenimiento y recuperación de cartera, actividades relacionadas con la prevención del lavado de activos y financiación del terrorismo, prevención del fraude y los demás autorizados por la ley. En cualquier caso, el EMPRENDEDOR/A podrá en cualquier momento corroborar en las centrales de riesgo a la cual se hayan suministrado los datos, que la información suministrada es veraz, completa, exacta y actualizada, y en caso de que no lo sea, a que se deje constancia de su desacuerdo, a exigir la rectificación y a ser informado sobre las correcciones efectuadas;
(v) Transferir y/o transmitir a las empresas matrices, afiliadas o vinculadas a LA EMPRESA en todo el mundo, a sus proveedores o a terceros relacionados con la operación administrativa/comercial/económica de LA EMPRESA, tales como: servicios de verificación de información, cobranza y recaudos, capacitación, investigación de mercado, puntos de pago, entre otros, o que le presten servicios a LA EMPRESA, incluso cuando dichas compañías se encuentren fuera de Paraguay en países con niveles de protección de datos diferentes a los consagrados por la regulación local aplicable;
(vi) Ubicar mediante georreferenciación;
(vii) Enviar e-mail, SMS, mensaje a través de WhatsApp y correspondencia, para comunicar contenido informativo, materiales promocionales, propaganda y eventuales beneficios para el EMPRENDEDOR/A.
Para el ejercicio de sus derechos como titular de la información personal objeto de tratamiento los cuales incluyen aquellos establecidos eney Nro. 1682/2001 y su modificatoria Ley Nro. 1962/02, el EMPRENDEDOR/A podrá comunicarse con LA EMPRESA, a través del siguiente Correo electrónico: Info-Oboticario@aj.com.py
En el caso en que el EMPRENDEDOR/A recolecte información personal de sus clientes, la misma será responsabilidad exclusiva del EMPRENDEDOR/A, debiendo dar cumplimiento el EMPRENDEDOR/A a la regulación aplicable en materia de protección de datos.
DÉCIMA PRIMERA. - CESIÓN: El EMPRENDEDOR/A no podrá ceder, delegar o transferir de la cualquier forma su posición contractual en este contrato, ni los derechos y obligaciones derivados del mismo, sin el consentimiento previo, expreso y escrito de LA EMPRESA.
DÉCIMA SEGUNDA.- CUMPLIMIENTO DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO: El EMPRENDEDOR/A declara bajo la gravedad del juramento, el cual se entiende prestado con la firma de este Acuerdo, lo siguiente: (i) Que la totalidad de los recursos a ser usados para pagar los productos de LA EMPRESA tienen origen en actividades licitas; (ii) Que no tiene relaciones con personas u organizaciones dedicadas a actividades delictivas y que tampoco contribuye en modo alguno a la financiación, mantenimiento o realización de conductas al margen de la ley y/o terroristas y por lo tanto los recursos que se deriven del presente contrato no serán destinados para tales fines; (iii) Que todas las actividades que realiza se ajustan al ordenamiento jurídico paraguayo y que todos los activos que utiliza para la realización de dichas actividades tienen origen y destinación lícita. Las Partes acuerdan que en el caso en que el EMPRENDEDOR/A sea incluida en listas para el control de lavado de activos y financiación del terrorismo administradas por cualquier autoridad gubernamental, incluyendo pero sin limitarse a la lista de nacionales especialmente designados y personas bloqueadas (la “Lista SDN”) de la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento de Hacienda de los Estados Unidos de Norteamérica (“OFAC”) y la lista de personas naturales o jurídicas sancionados (la “Lista EU”) de la Unión Europea el Acuerdo podrá darse por terminado de manera inmediata y sin lugar a indemnización alguna a favor del el EMPRENDEDOR/A.
DÉCIMA TERCERA.- DECLARACIONES DEL EMPRENDEDOR/A: el EMPRENDEDOR/A entiende y acepta: (i) Que antes de aceptar este Acuerdo ha tenido acceso al texto completo del mismo y contó con un tiempo razonable para su lectura y comprensión; (ii) Que tuvo acceso a información suficiente sobre las características de los productos de LA EMPRESA y sus garantías; (iii) Que LA EMPRESA le suministró información clara y precisa sobre los beneficios y obligaciones derivados de su vinculación como EMPRENDEDOR/A (iv) Que LA EMPRESA le suministró información suficiente sobre las condiciones y naturaleza jurídica de este acuerdo y del negocio de venta directa que podrá ser desarrollado en el marco del mismo; (v) Que LA EMPRESA le suministró información suficiente sobre la forma operativa del negocio, y los lugares para recibir información y apoyo de LA EMPRESA; (vi) Que LA EMPRESA le ha dado acceso a material de capacitación, referencias y guías de información sobre las actividades a realizar en el marco de este contrato; (vii) Que ha sido informado que LA EMPRESA cuenta con una oficina abierta al público en la Calle Vía Férrea 2440 casi Brasilia de la ciudad de Asunción; (viii) que es plenamente capaz para o ejercicio de la actividad de revendedor; (ix) que la información que ha suministrado y suministrará a LA EMPRESA es veraz y le pertenece, por lo que defenderá y mantendrá indemne a LA EMPRESA ante cualquier requerimiento, demanda o queja.
DÉCIMA CUARTA.- DISPOSICIONES VARIAS: La nulidad de cualquier disposición de este Acuerdo no implicará la nulidad de las demás, que permanecerán en vigor. La falta de aplicación de las sanciones aquí previstas, así como la abstención al ejercicio de cualquier derecho aquí otorgado a las partes, serán consideradas actos de mera tolerancia y no implicarán renuncia al derecho, pudiendo las partes ejercerlo en cualquier momento. El EMPRENDEDOR/A conoce y acepta que las declaraciones consagradas en esta cláusula son ciertas y permanecerán como tal durante todo el tiempo que permanezca vigente el Acuerdo.
Los anexos del presente Acuerdo forman parte integrante del mismo:
Anexo I - Formulario De Vinculación
Anexo II - Autorización para retiro de Mercaderías a favor de terceros. -
Anexo III - Autorización tratamiento de datos personales para EMPRENDEDORES
DÉCIMA QUINTA. - MODIFICACIONES: LA EMPRESA se reserva el derecho de realizar modificaciones a los términos y condiciones establecidos en el presente Acuerdo en cualquier momento, por lo que el EMPRENDEDOR/A deberá estar constantemente revisando los mismos y estando al tanto de la última versión. En todo caso LA EMPRESA enviará una notificación de modificación al correo y vía mensaje de texto (SMS) al número registrado del EMPRENDEDOR/A para que ésta pueda realizar la revisión pertinente.
DÉCIMOSEXTA. LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLES: El presente Acuerdo se rige por las leyes de la República del Paraguay. En caso de controversias en cuanto a la interpretación o ejecución del presente contrato, las partes consienten someterse a la jurisdicción de los tribunales y juzgados de la ciudad de Asunción, con renuncia a cualquier otra que pudiera corresponder, fijando sus domicilios en aquellos declarados en el encabezado, en donde serán válidas todas las notificaciones y comunicaciones que se realizaren. -
Las presentes condiciones comerciales se entienden aceptadas por el EMPRENDEDOR/A al momento de vincularse con LA EMPRESA. Cualquier pedido que el EMPRENDEDOR/A realice será regido por este documento.